Mesoamérica
Victoria para los Pueblos Indígenas en México
La Comunidad Indígena de Choreachi
Choreachi es una de las comunidades indígenas más tradicionales de la Sierra Tarahumara. Desde tiempos inmemoriales, el pueblo de Choreachi ha ocupado un área de aproximadamente 80.000 acres, la mayor parte de la cual aún está cubierta por un bosque antiguo de pino, en la famosa región mexicana de las Barrancas del Cobre. Choreachi es tanto un tesoro cultural como ecológico de importancia internacional; pero tristemente, como muchas otras comunidades indígenas, ha sido expuesta a numerosas amenazas. Sus aisladas tierras son codiciadas por narcotraficantes para plantar cultivos ilegales, y por taladores que quieren ganar dinero con sus bosques antiguos de pino.
La lucha de los indígenas por sus derechos a la tierra
El pueblo de Choreachi creía que sus tierras estaban tituladas bajo la ley agraria mexicana como un ejido (tierra con titulación colectiva), pero esto resultó ser incorrecto. Como resultado de la ayuda de abogados de la Alianza Sierra Madre, una ONG mexicana, ellos averiguaron que habían sido víctimas de tres actos fraudulentos: los dueños de una propiedad comunal vecina habían alterado mapas para poder reclamar la mitad de las tierras de Choreachi; una asamblea fraudulenta pretendía despojar a los miembros de Choreachi de sus derechos a la tierra, y residentes de otra propiedad vecina habían presentado reclamos sobre parte de las mismas tierras.
En 2007, luego de que las impugnaciones legales del pueblo de Choreachi con base en la legislación agraria mexicana habían fracasado, la comunidad decidió adoptar un nuevo enfoque legal: entabló una demanda de reconocimiento de sus derechos territoriales colectivos con base en los derechos humanos de los pueblos indígenas. La demanda buscaba la suspensión inmediata de los permisos de tala otorgados por la Secretaría de Medio Ambiente a favor de la propiedad vecina con base en mapas falsos; la anulación de todos los demás actos fraudulentos; y, lo más importante, el reconocimiento de los derechos a la propiedad colectiva del pueblo de Choreachi sobre las tierras que siempre han habitado.
La legislación internacional sobre derechos humanos, y el apoyo legal internacional
A diferencia de México, muchos países en las Américas ya habían reconocido el derecho de los pueblos indígenas a recibir títulos sobre las tierras que tradicionalmente han ocupado, estableciendo procedimientos administrativos para permitirles que afirmen y prueben sus reclamos de tierras. Al mismo tiempo, los pueblos indígenas estaban encontrando cada vez más apoyo en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Corte Inter-americana de Derechos Humanos—el organismo legal responsable de implementar las protecciones de la Convención—hace mucho que ha declarado que los pueblos indígenas tienen derecho a “protección especial,» y ha dictaminado que la Convención Americana requiere que los Estados reconozcan los derechos colectivos de los pueblos indígenas a sus tierras tradicionales.
A solicitud de la comunidad, EDLC reclutó a un equipo de abogados de DLA Piper para investigar el tema y redactar un memorial especializado para presentar en apoyo a la nueva demanda ante el Tribunal Agrario mexicano. El informe argumentaba que los derechos del pueblo de Choreachi a sus tierras y recursos naturales estaban garantizados por los tratados internacionales sobre derechos humanos que son vinculantes para las cortes mexicanas. Sin embargo, estos argumentos eran “difíciles de vender” en este momento, ya que escasamente existía algún precedente judicial, mucho menos en el Tribunal Agrario, donde el caso debía ser entablado.
Luego de la preparación de estudios periciales en antropología y topografía y varias audiencias en las que el caso fue presentado en extenso, en 2008, el Tribunal Agrario dictaminó contra Choreachi en casi cada uno de los reclamos.


Una enorme victoria en la apelación
El pueblo de Choreachi presentó una apelación y, providencialmente, para el momento en el que se resolvió este recurso en 2018, México había promulgado una importante reforma legal enfocada en la protección de los derechos humanos. En 2011, la Constitución Mexicana había sido enmendada para disponer—en su primer Artículo—que los tratados internacionales sobre derechos humanos son parte de la legislación mexicana y son vinculantes para todas las autoridades en todos los niveles, en todo el país. La reforma fue tomada con mucha seriedad por las autoridades judiciales, y la Corte Suprema incluso creó un departamento para dedicarse enteramente a mejorar la capacidad dentro de las cortes federales de resolver cada caso con base a los tratados de derechos humanos de los que México es parte.
La corte de apelaciones dictaminó a favor de Choreachi en una decisión que es histórica en varios aspectos. Por primera vez, una corte Mexicana reconoció los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras bajo la legislación internacional sobre derechos humanos. El fallo también cambió el entendimiento general de que la Revolución Mexicana había resuelto concluyentemente todos los temas de reforma de tierras al crear y titular dos tipos de propiedades colectiva, la comunidad (un título de propiedad colectiva otorgado para aquéllos que ya tenían la posesión colectiva de sus tierras) y el ejido (un título de propiedad colectiva que también permite lotes individuales de tierra). Ninguno de los dos tipos de propiedad colectiva fue pensado para ser aplicable a los pueblos indígenas, y ninguna otra solución había sido creada por la legislación mexicanapara los reclamos de los pueblos indígenas por sus derechos territoriales.
La corte de apelaciones solucionó este problema al otorgar título al pueblo de Choreachi sobre sus tierras como una comunidad, llenando así el vacío en la legislación mexicana al reconocer los derechos de una comunidad indígena a sus tierras con base en los tratados de derechos humanos vigentes, y armonizar dichos derechos con la ley agraria mexicana existente. Desafortunadamente, el gobierno mexicano y los otros demandados han apelado y el caso queda pendiente de resolverse ante la Corte Suprema, de manera que todavía quedan meses o años hasta tener un fallo final.